Tierra

​Juristas de FF.AA. revisan Proyecto de Ley para actualizar Código Justicia Militar

|

Militar


SANTO DOMINGO, RD. - Un equipo de juristas de las Fuerzas Armadas inició un estudio crítico de la Ley 3483 que instituye el Código de Justicia que rige los Cuerpos Castrenses, con fines de actualizarlo y recomendar medidas que fortalezcan el sistema judicial militar.


El instrumento jurídico data de 1953 y, entre otras modificaciones, se busca denominarlo Código de Justicia Militar, acorde a la actual Ley Orgánica (139-13).


Las posibles modificaciones conformarán un anteproyecto de Ley que sería sometido al Poder Ejecutivo y posteriormente al Congreso de la República.


La más reciente reunión para revisar el documento legal, fue supervisada por el Inspector General Mayor General José Manuel Castillo y Castillo, ERD., y estuvo encabezada por el Director General del Cuerpo Jurídico del Ministerio de Defensa, Coronel Abogado Joaquincito Bocio Familia, ERD.


De acuerdo a instrucciones del Ministro de Defensa Teniente General Carlos Luciano Díaz Morfa, ERD., los juristas deberán presentar una nueva propuesta a través de la cual queden claramente establecidas las normas y posibles aplicaciones.


Éstas, así mismo, deberán ser entendidas y consideradas por las jurisdicciones ordinarias civiles, relativas a los hechos punibles (infracciones y delitos militares) que sean cometidos o donde se vean involucrados miembros de FF.AA.


La Jurisdicción Penal Militar de hoy, cuenta con el respaldo de una moderna Constitución del año 2010 y la Ley 139-13 (Orgánica de las Fuerzas Armadas) del año 2013. Este ordenamiento jurídico se encuentra liderado en lo que respecta a la persecución e investigación del delito militar, por el Procurador General de las Fuerzas Armadas y por un Juez Superior Coordinador en materia jurisdiccional, ambos funcionarios tienen la obligación de supervisar y dirigir el fiel cumplimiento de la tutela jurídica efectiva y el debido proceso instituido en las Normas Sustantivas.


Todo ello, con la finalidad de asegurar al Alto Mando militar y a la sociedad en su conjunto, la subsistencia del bien jurídico protegido de las FF.AA., como garantía de la preservación y protección de los intereses nacionales y por ende de la seguridad y defensa de la Nación.

Comentarios

Captura de pantalla 2018 07 23 a las 13.46.50